
9. Ayudas directas al taxi
- Se pueden beneficiar las personas titulares de autorizaciones del taxi radicadas en la Comunitat Valenciana que cumplan los siguientes requisitos:
- Poseer una autorización tipo VT radicada en la Comunitat Valenciana, visada y en vigor en el momento de la solicitud.
- Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y de seguridad social.
- Los exigidos para el titular de la autorización, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la ley 13/2017, de 8 de noviembre, del taxi de la Comunitat Valenciana.
- La dotación económica de estas ayudas asciende a un importe global máximo de 4.750.000€.
- Importe de las ayudas:
- Las personas beneficiarias podrán optar a una ayuda por cada una de las autorizaciones de las que sean titulares.
- El importe de la cuantía a percibir se determinará por el resultado de dividir 4.750.000€ entre el número total de autorizaciones admitidas a tales efectos según todas las solicitudes presentadas.
- La cifra máxima a percibir por cada autorización en esta convocatoria no podrá ser superior a 3.000€.
- El límite por beneficiaria a percibir por la totalidad de las autorizaciones de taxi para las que presente solicitud será de 18.000€.
- Presentación de la solicitud:
- La solicitud se presentará de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es)
- Plazo:
- El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles y se iniciará a las 9 horas del día 18 de febrero. PLAZO FINALIZADO.