8. Ayudas a la artesanía
  • Se pueden beneficiar los artesanos, las artesanas y las pymes artesanas que estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA), actualizado debidamente y expedido por la Generalitat, o documento equivalente expedido por una administración pública que acredite su condición artesana en algunos de los oficios artesanos a los que va dirigida esta norma o esté en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de solicitud de estas ayudas.
  • Requisitos:
    • Ejercer su actividad en la Comunitat Valenciana al menos desde el 1 de marzo de 2020.
    • Haber sufrido una reducción de al menos el 30% de los ingresos en el ejercicio 2020 respecto del ejercicio 2019.
  • Las personas y empresas a las que se les concedan las ayudas deberán mantener la actividad artesana durante al menos 12 meses, a contar desde el día de la concesión de la subvención.
  • Presentación de la solicitud:
    • La solicitud se presentará de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es)
  • Plazo:
    • El plazo para la presentación de solicitudes será del 1 al 15 de marzo.